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viernes, 14 de septiembre de 2012

HÁBITOS ALIMENTARIOS SALUDABLES

La Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición promueve unos hábitos saludables a través de un mayor conocimiento de los beneficios que proporciona una nutrición sana

  • Autor: MAITE ZUDAIRE
 
 

La preocupación de la Administración y los organismos sanitarios por los problemas alimentarios de la población española y la repercusión que tiene en la salud se ha materializado en la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, aprobada el pasado mes de julio. El objetivo de la norma es poner en marcha medidas preventivas y de prestaciones y servicios a distintos niveles, necesarios para proteger la salud de la ciudadanía y favorecer la consecución de unos hábitos nutricionales y de vida saludables. Las acciones prestan especial atención a grupos de población más vulnerables como los niños y el riesgo de desarrollo de obesidad infantil. Se incluyen también medidas sobre la composición de los alimentos, con una mirada hacia una selección más saludable de los ingredientes por parte de la industria alimentaria, al limitar en particular el contenido de grasas trans de los alimentos procesados.

Novedades en alimentación infantil

Desde 2005, el Gobierno, en coordinación con las comunidades autónomas, los operadores económicos y los agentes sociales, persigue incrementar acciones que fomenten una alimentación saludable y la práctica de la actividad física en el marco de la Estrategia de la nutrición, la actividad física y prevención de la obesidad (NAOS).
El menú de los comedores escolares. Las comidas servidas en las escuelas infantiles y centros escolares serán variadas, equilibradas y adaptadas a las necesidades nutricionales de cada grupo de edad, y estarán supervisadas por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética. Además, las familias recibirán la programación mensual de los menús, de la forma más clara y detallada posible (incluidos los menús adaptados en caso de intolerancias, alergias u otras enfermedades que lo precisen), y orientarán los menús de la cena para que sea complementaria de la comida del mediodía.
La norma establece que el centro debe garantizar un menú alternativo en caso de intolerancia al gluten y, si es posible, la cocina del propio centro o la empresa de catering elaborarán menús especiales adaptados a otras intolerancias (lactosa) o alergias alimentarias. Si no fuera posible, por cuestión de organización o por falta de capacitación de las instalaciones y locales de cocina, no se puede dar garantías de un menú alternativo seguro, los alumnos afectados dispondrán de electrodomésticos adecuados para la refrigeración y el calentamiento correcto de las comidas especiales que lleven de casa.
Productos de vending, restringidos. En las escuelas infantiles y en los centros escolares no se permitirá la venta de alimentos y bebidas con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans (por medio de la adición de "aceites y/o grasas parcialmente hidrogenados"), sal y azúcares. Estos contenidos se establecerán a través de una reglamentación. El objetivo es limitar el acceso fácil a los productos de bollería y repostería industrial, snacks salados (tipo patatas fritas y similares), bolsitas de chucherías y refrescos, tan habituales en las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas.
Asignatura de Alimentación, nutrición y salud en el colegio. La norma promueve la enseñanza de temas de nutrición y alimentación en las escuelas infantiles y centros escolares. El objetivo es capacitar a los niños en la elección y la confección de planes de alimentación equilibrados y saludables, con conocimiento suficiente sobre los beneficios de la nutrición adecuada para el buen funcionamiento del organismo, para la prevención de enfermedades evitables y su tratamiento a través de una dieta adecuada. La conservación y la higiene de los alimentos, así como la manipulación y sus posibles efectos sobre la salud, también son temas que deberían darse a conocer por medio de distintas actividades escolares.

Observatorio de la nutrición y de estudio de la obesidad

La última y más reciente encuesta alimentaria elaborada por la AESAN evidencia que la población se aleja de la dieta mediterránea, ya que se come demasiada carne y pocas frutas y hortalizas. Para tener conocimiento de la situación real de la población española en términos de hábitos alimentarios, situación nutricional y condiciones de salud, con especial atención a la evolución de la obesidad, se creará el Observatorio de la Nutrición y de Estudio de la Obesidad.
Entre sus funciones, figura la de obtener información acerca de los hábitos alimentarios y de actividad física de la población, en las diferentes edades y grupos socioeconómicos, así como sobre la prevalencia de sobrepeso y obesidad y sus factores determinantes.

La publicidad de los alimentos

Una actuación relevante del Observatorio se centra en el análisis de datos e información sobre la publicidad de alimentos, con especial atención a la publicidad dirigida a los menores de quince años. En una investigación llevada a cabo por Eroski Consumer sobre los anuncios de televisión dirigidos al público infantil, casi la mitad de los alimentos anunciados no pueden incluirse en una dieta saludable, ya que se anuncia lo contrario a lo recomendado como sano.
Predominan los anuncios de productos con demasiados azúcares y grasas (bollería, golosinas, patés, pizzas y postres lácteos dulces), mientras que ninguno de los quince productos más anunciados promociona el consumo de alimentos frescos como frutas, verduras o pescados. Los niños son un grupo de población muy influenciable, por lo que la influencia negativa del marketing en alimentos dirigidos a los menores se podría reconducir y convertir en un vehículo para transmitir hábitos saludables.
Por medio de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, queda prohibida la publicidad o promoción directa o indirecta de:
  • La aportación de testimonios de profesionales sanitarios o científicos, reales o ficticios, o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo, así como la sugerencia de un aval sanitario o científico.
  • La promoción del consumo de alimentos para sustituir el régimen de alimentación o nutrición comunes, en especial en los casos de maternidad, lactancia, infancia o tercera edad.
  • La referencia a su uso en centros sanitarios o a su distribución a través de oficinas de farmacia.

MEDIDAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

La Ley también propone medidas relativas a la seguridad alimentaria, que integran el control del riesgo (físico, químico y biológico) en todas y cada una de las etapas por las que atraviesa el alimento desde que se recolecta o se sacrifica, hasta su venta al consumidor, un concepto conocido como trazabilidad. Varios capítulos atienden a la seguridad y calidad de los piensos y alimentos para los animales destinados al consumo humano y se propone la implementación del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria.
A través de esta normativa, la Administración pretende anticiparse a los riesgos emergentes en la seguridad alimentaria, tal y como se ha manifestado ante el riesgo de consumo de determinados pescados y la toxicidad por mercurio en ciertas etapas de la vida.

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